Metodologías y Proyectos

Tramitación de títulos

Es necesario concertar cita con secretaria y los trámites del título ser realizan telemáticamente.

¿Cómo hacer la tramitación de títulos «paso a paso»?

  1. Completar el formulario de solicitud (descargar documento).
  2. Una vez cumplimentado, enviarlo al correo de secretaría (secretaria@lopezvicu.info), junto con la siguiente documentación:
    • Copia del expediente académico.
    • Copia del DNI o NIE (vigente).
    • Copia del carnet de familia numerosa, monoparental o discapacidad para quienes pueden disfrutar de la reducción de pago de las tasas.
    • Todos estos documentos deben estar vigentes.
  3. El centro, una vez comprobado que el alumno reúne los requisitos académicos necesarios, le enviará un resguardo de solicitud de título por correo electrónico para que pueda satisfacer el importe de la tasa que cobra el Departamento de Educación para la tramitación de títulos. El pago se realiza a través del cajero automático, mediante tarjeta bancaria.
  4. El resguardo de solicitud tiene una fecha límite de pago, una vez pase esta fecha, si no se ha pagado, es necesario volver a generar un nuevo impreso.
  5. Una vez hecho el pago, es necesario llamar al centro para pedir cita previa y, el día asignado, debes llevar el resguardo de solicitud junto con el comprobante de pago para que en secretaría se haga la validación del título.

Si no llevas estos documentos a secretaría, el pago no tendrá ningún valor, dado que no se podrá ejecutar el envío al Registro de Títulos del Departamento de Educación.

Tasas que cobra el Departamento

  • Título de bachillerato: 69,65€
  • Título de técnico/a: 69,65€
  • Título de técnico/a superior: 78,00€

Bonificaciones y exenciones generales:

Bonificación del 50 % del importe para:

  • Miembros de familia numerosa de categoría general y
  • Miembros de familias monoparentales.

Bonificación del 100 % del pago para:

  • Miembros de familia numerosa de categoría especial,
  • Víctimas del terrorismo (y sus cónyuges y sus hijos e hijas),
  • Personas con discapacidad igual o superior al 33% y
  • Niños o adolescentes en acogida familiar.

De acuerdo con el artículo 2.5 de la ORDEN EDC/216/2005, de 4 de mayo, por la cual se desarrolla el procedimiento de expedición de los títulos académicos y profesionales no universitarios de Cataluña, el impreso de resguardo, debidamente firmado y sellado por la persona responsable de la Secretaría del centro, tiene todos los efectos del título respectivo, mientras este no se expida materialmente.